martes, 23 de mayo de 2017

Atraem: Constituyente de Maduro negaría la participación a los trabajadores por cuenta propia

Atraem: Constituyente de Maduro negaría la
participación a los trabajadores por cuenta propia


     Desde que el primero de mayo el Presidente Nicolás Maduro realizó la solicitud de convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente en Venezuela se ha encendido un intenso debate acerca de las motivaciones y bases comiciales de la misma, donde al parecer por propuesta del Gobierno estará dividida en representantes sectoriales y territoriales, llegando incluso a decir en boca del ministro Elías Jaua, que los trabajadores no inscritos en el Seguro Social no podrían sufragar. Ante esto la directiva de la Asociación de Trabajadores, Emprendedores y Microempresarios (Atraem), afirma que se le estaría negando la participación a más de siete millones de los llamados cuenta propia.

     Gerardo Alí Poveda, director general de Atraem, explicó que la propuesta de Constituyente del Presidente Maduro seria de carácter corporativo, donde el voto no sería universal y directo sino sectorizado. “Esto acabaría con el principio de la universidad del sufragio, violando con la Constitución, el deber ser es hacer lo que hizo Hugo Chávez en 199 el cual llevó a referéndum consultivo la aprobación de las bases comiciales y motivaciones políticas de aquella Constituyente, siendo el pueblo el que tenga la última palabra al respecto”, dijo.

     Poveda criticó incluso que el propio Elías Jaua revelará  que solo los trabajadores inscritos en el Seguro Social podrían votar en esta Constituyente, recordando que luego que se modificara la ley y se permitió la inclusión de los llamados cuenta propia pagando el 13%, se han inscrito apenas 500 mil personas. “Esto dejaría por fuera a más de seis millones de venezolanos que trabajan por su cuenta y riesgo, siendo este sector el que más empleos ofrece en la actualidad. Destacando que estos no cotizan en el Instituto de los Seguros Sociales (UVSS) porque no es considerado ventajoso”.

     Explicó que la idea de una Constituyente corporativa lesiona de muerte la democracia y se acerca a regímenes de carácter fascista como el de Mussolini en Italia y Salazar en Portugal. “Queremos recalcar que el Presidente no tiene la potestad de convocar una Asamblea Constituyente, de acuerdo a nuestra carta magna él puede tener la iniciativa pero es al pueblo originario quien tiene el poder de aprobar  o no su convocatoria” sentenció.

Contacto:
Allí Poveda: Director General de la Asociación de Trabajadores, Emprendedores y Microempresarios (Atraem)
Telf. 0414-201-8818
@Atraem1


jueves, 4 de mayo de 2017

Atraem: “Constituyente comunal de Maduro lesionaría derecho a la propiedad privada”

Atraem: “Constituyente comunal de Maduro
lesionaría derecho a la propiedad privada”

     Luego de la convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente hecha por el Presidente Nicolás Maduro se ha generado una serie de rumores acerca de las posible bases comiciales o la posible redacción de una nueva Constitución o reformas de la actual, ante esto la Asociación de Trabajadores, Emprendedores y Microempresarios (Atraem) afirmó que el remoquete de comunal no está expresado en la carta magna y que si se aplica la Ley de las Comunas está en su articulado lesiona gravemente principios como la propiedad privada.

     Ali Poveda, director General de Atraem, explico que el Presidente solo puede hacer la solicitud de Constituyente pero no está en facultades de imponer las base comiciales las cuales conforme a la Constitución deben ser aprobadas por el pueblo en un referéndum consultivo conforme al artículo 71 de la CRBV. “Asimismo la distribución y número de parlamentarios y mucho más importante las razones de la convocatoria como por ejemplo ocurrió en 1999”, indicó.

     Poveda señaló que de aplicarse una Constituyente comunal uno de los aspectos afectados de gravedad seria la propiedad privada, donde el dueño de su pequeño negocio será un puesto de mercado, estacionamiento, panadería o bodega quedaría subordinado a los dictamines de la comuna. “Este análisis los hacemos en base a la Ley de las Comunas promulgada hace años donde expresa que incluso cuando se establece una comuna la persona que vive en ese ámbito no puede vender su apartamento por ejemplo, sin antes ofrecérselo a la junta comunal y esa seria quien fijaría el valor del inmueble”.

     Señaló que el mejor ejemplo de la propiedad comunal  es lo que ocurre en la actualidad con los apartamentos de la Misión Vivienda, los cuales no pueden ni vender, alquilar o traspasar ya que no tienen propiedad del mismo. “Una Constituyente de este tipo viola el texto constitucional y aún más busca desmotar el estado democrático sustituyéndolo por uno comunal lesionando el régimen republicano”, concluyó.



Contacto:
Allí Poveda: Director General de la Asociación de Trabajadores, Emprendedores y Microempresarios (Atraem)
Telf. 0414-201-8818
@Atraem1